Cita (somos_rugby)
Por cierto, la exención de la parte común me la concedieron porque certifique que he sido entrenador de categorías inferiores de mi club durante tres años.
¡Claro! Hay varias alternativas para convalidar ambas partes.
Para los que nos lean, recuerden que es para el Ciclo Superior TAFAD, para otros Ciclos Formativos hay otros requisitos para exentarse de dichas partes.
Cita (somos_rugby)
¿Que nota me pondrán? o ¿Qué notas suelen poner en estos casos?
¡Muy buena pregunta! Pueden ocurrir 2 cosas:
1. Si los documentos que presentaste tienen nota numérica, te pondrían la nota de dichos documentos (o su media) como nota del ejercicio (o parte exenta). Recuerda: Suficiente = 5, Bien = 6, Notable = 7 y 8, Excelente = 9, Sobresaliente = 10.
2. Si no hay notas, se procede a calificarte de "apto" (no es un valor numérico). Aunque, se considera un 5.
Podrías optar por la Mejora de calificación.
Datos de Interés:
1. Para los cálculos a los que se refieren los apartados anteriores en el caso de partes o ejercicio exentos se tomará como puntuación de dichas partes o ejercicios, las siguientes calificaciones:
a. Si el documento sobre el que se basa la exención contiene una nota numérica, se tomará ésta como nota de la parte o ejercicio exento, adaptándola a la escala de 0 a 10
si fuera necesario.
b. Si se trata de una certificación académica que contiene únicamente calificaciones cualitativas, se usará la siguiente escala para obtener el valor correspondiente:
c. Si el documento sobre el que se basa la exención no contiene calificación o dicha calificación es de “apto” o similar esta parte o ejercicio no se tendrá en cuenta para el cálculo de la nota media, sin perjuicio de lo establecido en el artículo relativo a mejora de calificaciones
2. Los aspirantes podrán solicitar presentarse a “Mejora de calificación”, en todos aquellos
ejercicios exentos o que puedan quedar exentos en la convocatoria correspondiente. De
igual modo, en los ejercicios incluidos en partes que estén o pueden llegar a estar exentas en la convocatoria correspondiente.
3. Si la parte o ejercicio superado es consecuencia de una exención para la que no es posible obtener una calificación numérica, a estos únicos efectos se considerará que la calificación correspondiente a la exención es de 5.
4. Cuando como consecuencia de esta mejora, el solicitante tenga más de una calificación para el mismo ejercicio se tomará en el cálculo de las notas medias la mayor de ellas.
De todos modos, no te preocupes, los "aptos" podrían contemplarse como otra vía de acceso, ya que no poseen nota numérica (aunque como dije, se puede contemplar como si fuese un 5) Lo mejor sería preguntar en secretaría del centro... por si te pueden adelantar que ocurriría en tu caso.
¡Un saludo somos_rugby!